Absolvieron a dos acusados de realizar un “cuento del tío”

 Absolvieron a dos acusados de realizar un “cuento del tío”

El hecho ocurrió en 2019 en Paraná. La Fiscalía no logró quebrar el estado de inocencia de los dos acusados de hacer el cuento del tío a una mujer de 82 años.

Un hombre de 28 años acusado de Estafa y su padre de 58 imputado por Encubrimiento Agravado fueron absueltos de culpa y cargo. Se trata de dos personas juzgadas en Paraná por ser supuestamente los autores de un cuento del tío que perjudicó económicamente a una mujer de 82 años, que terminó entregando más de 100.000 dólares a un joven que ya fue condenado en un juicio abreviado.

El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones Rafael Cotorruelo consideró que sobre el menor de los acusados no hay certeza de que sea el autor de la llamada que provocó el engaño a la mujer ni quien artículo o pensó el hecho.

Por tal motivo aplicó el in dubio pro reo, principio jurídico que establece: “En caso de duda, a favor del acusado”. Por otra parte, opinó: “No puede inferirse en grado de certeza que, efectivamente, O.A.M (padre del imputado) guardó en su casa parte de la res furtiva con el fin de ocultarla”. Por lo tanto también dictó la absolución. Pero para no dejar lugar a reproches, el vocal de juicio se refirió al abreviado que firmó Nicolás Ramírez, la persona que retiró el dinero de la casa de la víctima.

Sobre este punto dijo que un coimputado reconozca no puede cargarse sobre el imputado. “Debemos nuevamente poner énfasis aquí, en la expresa prohibición de nuestro código de rito, que impide terminantemente tomar como prueba de cargo para dar fundamento a una eventual responsabilidad penal el previo reconocimiento autoral que un consorte procesal efectúa en el marco de un juicio abreviado, tal lo que aquí ocurriera con quien aparece como coautor junto a O.A.M. (hijo). Devenir procesal que no obstante dicha prohibición legal ha sido mencionado por todas las partes en el plenario (todos hicieron referencia a la sentencia de condena dictada contra Ramírez en el marco de un juicio abreviado), y que incluso fue expresamente invocado por la querella particular, que afirmó, para fundar la responsabilidad penal del incurso, que del auto que manejaba O.A.M. (hijo) se bajó la persona que luego reconoció haber sido el autor de la estafa bajo juzgamiento”.

Ahora los fiscales Cristian Giunta y Lautaro Dato y los querellantes Miguel Cullen y Daniel Rosatelli analizarán si recurren en Casación para tratar de revertir el fallo. A su vez los defensores Ricardo Mulone, Gustavo Jullier y Lucio Panozzo quedaron conformes con lo dictaminado ya que ellos entendían que no había pruebas.

El llamado del engaño

El caso en cuestión sucedió el 12 de marzo de 2019 en la zona céntrica de la ciudad de Paraná cuando la mujer recibió un llamado telefónico cerca de las 12. Allí, una persona que se hizo pasar por su hijo le informó que en el Banco Nación le comunicaron por las nuevas disposiciones del presidente de los Estados Unidos debía canjear todo el dinero que tuviera en dólares. Además le explicó que un “amigo” suyo de nombre Guillermo iba a pasar por la casa a retirar el dinero.

Para evitar que alguien se pudiera comunicar con ella el supuesto hijo la mantuvo al teléfono todo el tiempo hasta que llegó Guillermo a buscar el dinero. La mujer entregó 107.000 dólares que eran los ahorros de toda su vida. Una vez con el dinero el hombre se retiró. A los pocos minutos llegó el hijo de la mujer, quien al verlo y charlar un rato se dio cuenta que había sido víctima de un engaño.

La mujer se desplomó en un sillón ya que según contó su propio hijo ese dinero ella lo tenía destinado para los estudios de sus nietos.

El trabajo policial pudo determinar que el tal Guillermo era Nicolás Ramírez, un hombre que quedó registrado en las cámaras de seguridad del departamento donde vivía la mujer y en los alrededores del lugar. La Policía hizo allanamientos pero la plata nunca apareció. En el medio la mujer falleció producto de la angustia que le causó el hecho de inseguridad.

Una vez que Ramírez cerró su situación judicial con un juicio abreviado, la División Delitos Económicos de la Policía recibió un llamado anónimo donde le indicaban que además de Ramírez en el hecho había participado una familia de apellido Morales (padre e hijo).

La Policía investigó la pista y detuvo a dos personas, padre e hijo que ahora fueron absueltas, ya que entre otras cuestiones la Policía no logró pruebas contundentes.

Los fiscales Laureano Dato y Cristian Giunta habían pedido penas, para el joven cuatro años y cuatro meses de cárcel por Estafa. Mientras que para el padre se solicitó una condena de dos años y ocho meses de prisión efectiva por Encubrimiento Agravado.

La querella había requerido una pena de cinco años porque consideró que el “plus de dolor” debe tener una pena un poco mayor. Sobre el padre del joven, que supuestamente pensó el hecho, compartió el pedido de la Fiscalía.

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